Ente regulador electoral tendrá cinco días para reafirmar o desestimar resoluciones que los margina de comicios.
El panorama es sombrío para ambos candidatos, sin embargo, aún mantienen una minúscula chance para seguir en carrera hacia Palacio. Mañana, Todos Por el Perú (TPP) y Alianza Para el Progreso (APP), presentarán el recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones para dejar sin efecto la tacha y exclusión del proceso electoral de sus candidatos: Julio Guzmán y César Acuña.
El panorama es sombrío para ambos candidatos, sin embargo, aún mantienen una minúscula chance para seguir en carrera hacia Palacio. Mañana, Todos Por el Perú (TPP) y Alianza Para el Progreso (APP), presentarán el recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones para dejar sin efecto la tacha y exclusión del proceso electoral de sus candidatos: Julio Guzmán y César Acuña.
El pleno del JNE resolverá la situación de los dos candidatos que, en conjunto, concentran casi la cuarta parte de intención de voto, según las encuestas. ¿Qué tantas probabilidades tienen ambos candidatos de continuar con su campaña a 35 días de las elecciones? Para el especialista en temas electorales, Miguel Rodríguez Albán, existe una remota posibilidad de que el Jurado Nacional deje sin efecto las resoluciones del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1, que deja fuera de carrera a Julio Guzmán y César Acuña.
Guzmán en el limbo
“En el caso de Julio Guzmán se trata de un análisis de fondo. El jurado tiene que resolver si opta por aplicar la formalidad de las leyes y estatuto de Todos por el Perú, o si opta por la interpretación amplia aplicando el derecho de participación política que tiene rango constitucional”, explica Rodríguez Albán. Agrega que si el pleno del jurado decide por esta última opción, tendría que declarar fundada la apelación. “La votación (por el caso Guzmán en el JEE Lima Centro 1) ha sido de tres contra dos, basta con un voto más de los que están a favor y todo cambiaría. Esto puede ocurrir, incluso, creo que en cierto modo, la situación de Guzmán es más fácil”, prosigue.
¿Cuestión de interpretación?
“En el caso de Acuña, el asunto lo veo más complicado. El jurado ha aplicado el artículo 42 de la ley de partidos políticos. Si el pleno del jurado decide interpretar que el criterio de no retroactividad de las leyes se asume una vez convocado el proceso, y que una norma posterior que modifica alguna regla no se aplica, entonces Acuña también puede ser admitido”, afirma. “Desde mi punto de vista, el jurado especial ha aplicado una norma que está vigente, pero la defensa del señor Acuña argumenta que se trata de una ley del 17 de enero y, habiéndose convocado las elecciones en noviembre del año pasado, no se puede aplicar”, refuerza Miguel Rodríguez.
Con Acuña, no obstante, se trata de un caso sin precedentes que podría ser un referente a futuro “no tan bueno”. “Respecto al señor Acuña, el jurado nacional no ha emitido un pronunciamiento, solo ha sido el jurado especial, pero entiendo que deben haber coordinado algunas cuestiones legales. Tienen que determinar si se aplica la ley o si considera que aún no es aplicable y que recién tendría que hacerse para el próximo proceso electoral”, sostiene.

No hay comentarios:
Publicar un comentario